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Monotributo Unificado CABA 2026: pago único de Monotributo e IIBB — qué hay que saber

Desde enero de 2026, los monotributistas con domicilio fiscal en CABA pagan el Monotributo nacional y el IIBB simplificado en una sola cuota mensual. Explicamos qué cambia, quiénes quedan incluidos y qué hay que hacer.

Por Nicolas

Monotributo Unificado CABA 2026: pago único de Monotributo e IIBB — qué hay que saber

A partir del 1° de enero de 2026, los monotributistas con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya no pagan el Monotributo y el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (IIBB) por separado. Ambas obligaciones se unificaron en una cuota mensual única que se paga exclusivamente a través del portal de ARCA.

La novedad surge de la Resolución General Conjunta 5769/2025 dictada por ARCA y la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), complementada por la Resolución 24/AGIP/2026 del 16 de enero de 2026.


¿Qué cambia concretamente?

Antes, el monotributista con actividad en CABA tenía dos obligaciones separadas:

  • Monotributo nacional (ARCA): pago mensual que incluye impuesto integrado + aportes previsionales + obra social.
  • IIBB Régimen Simplificado CABA (AGIP): pago bimestral al fisco porteño.

Con la unificación, el IIBB simplificado de CABA se incorpora a la cuota mensual del Monotributo. La nueva cuota incluye:

  1. Impuesto integrado (que cubre IVA y Ganancias)
  2. Aportes al SIPA (jubilación)
  3. Aportes al Sistema Nacional del Seguro de Salud (obra social)
  4. Impuesto sobre los Ingresos Brutos — Régimen Simplificado CABA ← nuevo componente

La gestión pasa a ser exclusivamente a través de ARCA: altas, bajas, modificaciones de categoría y recategorizaciones del IIBB CABA se tramitan en el portal de ARCA, sin necesidad de ingresar a AGIP por separado.

La credencial actualizada es el Formulario F. 1520, que incluye el nuevo Código Único de Revista (CUR) con todos los componentes.


¿Cuánto se paga? Cuotas vigentes desde febrero 2026

La cuota mensual del Monotributo Unificado CABA se compone de dos partes que se abonan juntas el día 20 de cada mes:

  1. Cuota del Monotributo nacional (impuesto integrado + aportes SIPA + obra social)
  2. Componente de IIBB CABA — cuota mensual del Régimen Simplificado, establecida por la Resolución 24/AGIP/2026 (Expediente IF-2026-04568572-GCABA-AGIP, firmado el 16 de enero de 2026)

El IIBB que antes se abonaba bimestralmente a AGIP ahora se fracciona en 12 cuotas mensuales, cada una equivalente al 50% del importe anterior.

La tabla siguiente muestra los tres valores para cada categoría, vigentes desde el 1° de febrero de 2026:

Cat.

Ingresos anuales máx.

IIBB CABA
(Res. 24/AGIP/2026)

Monotributo nacional

Total cuota unificada

Servicios

Bienes

Servicios

Bienes

A

$10.277.988

$25.695

$42.387

$42.387

$68.082

$68.082

B

$15.058.448

$37.650

$48.251

$48.251

$85.901

$85.901

C

$21.113.697

$52.785

$56.502

$55.227

$109.287

$108.012

D

$26.212.853

$65.535

$72.414

$70.661

$137.949

$136.196

E

$30.833.964

$77.085

$102.538

$92.658

$179.623

$169.743

F

$38.642.048

$96.605

$129.045

$111.198

$225.650

$207.803

G

$46.211.109

$115.530

$197.108

$135.918

$312.638

$251.448

H

$70.113.407

$175.285

$447.347

$272.063

$622.632

$447.348

I

$78.479.212

$196.200

$824.802

$406.512

$1.021.002

$602.712

J

$89.872.640

$224.685

$999.008

$497.059

$1.223.693

$721.744

K

$108.357.084

$270.895

$1.381.688

$600.880

$1.652.583

$871.775

Fuentes: IIBB CABA — Resolución 24/AGIP/2026, Anexo I (IF-2026-04568572-GCABA-AGIP). Monotributo nacional — tabla ARCA vigente desde febrero 2026. Desde la categoría C, el impuesto integrado nacional difiere según actividad (servicios o bienes), de ahí la diferencia en los totales.

Las cuotas se actualizan semestralmente en enero y julio por IPC del INDEC. Próxima actualización: julio 2026.

Vencimiento: día 20 de cada mes.


¿Quiénes quedan incluidos y quiénes no?

Quedan incluidos automáticamente los monotributistas que, al 1° de enero de 2026, estaban inscriptos tanto en el Monotributo nacional como en el Régimen Simplificado de IIBB de CABA con domicilio fiscal en la Ciudad. La incorporación fue automática — ARCA notificó por el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).

Quedan excluidos y pasan al Régimen General de IIBB como Contribuyentes Locales:

  • Responsables inscriptos en IVA (no son monotributistas)
  • Monotributistas con formas jurídicas incompatibles con el Régimen Simplificado CABA
  • Contribuyentes sin domicilio fiscal en CABA
  • Sujetos que desarrollan actividades excluidas por normativa del Régimen Simplificado

Las actividades excluidas del Régimen Simplificado CABA están enumeradas en el Código Fiscal de la Ciudad (Ley 6926 y modificatorias). Podés consultarlo en la sección de normativa de AGIP.

Los excluidos fueron dados de alta de oficio como Contribuyentes Locales de IIBB en CABA y deben operar en el Régimen General.


¿Qué pasó en enero 2026? El "doble pago"

Enero de 2026 fue un mes particular. Los monotributistas que estaban inscriptos en el régimen anterior de AGIP encontraron dos débitos en su cuenta:

  • Los saldos pendientes del régimen anterior (boletas de noviembre y diciembre 2025 de IIBB CABA que vencían a principios de enero).
  • La primera cuota del Monotributo Unificado (enero 2026 con el componente de IIBB ya incluido).

Este doble pago no fue un error: fue la transición entre ambos sistemas. A partir de febrero, el pago es uno solo.


¿Qué tenés que hacer?

Si sos monotributista con domicilio fiscal en CABA, el resumen operativo es:

  • Si ya estabas inscripto en ambos regímenes: no tenés que hacer nada, la incorporación fue automática. Verificá tu credencial F. 1520 en el portal de ARCA y revisá que el CUR refleje el componente de IIBB.
  • Si te inscribís al Monotributo desde 2026: el alta en IIBB CABA se gestiona directamente desde ARCA en el mismo trámite.
  • Si cambiás de categoría: la recategorización del IIBB CABA también se realiza en ARCA (no en AGIP).
  • Si tenés dudas sobre si quedaste excluido: revisá el DFE o consultá con tu contador.

Normativa de referencia


La información de este artículo tiene carácter orientativo y fue revisada por un contador público matriculado en la República Argentina. No reemplaza asesoramiento profesional. Para situaciones particulares, consultá con un profesional habilitado.

Información orientativa. No reemplaza asesoramiento profesional. Consultanos por tu caso particular.